Durante la Semana Santa podemos ganar para nosotros o para los difuntos el don de la Indulgencia Plenaria si realizamos algunas de las siguientes obras establecidas por la Santa Sede.
Obras que gozan del don de la Indulgencia Plenaria en Semana Santa:
Jueves Santo
1. Si durante la solemne reserva del Santísimo Sacramento, que sigue a la Misa de la Cena del Señor, recitamos o cantamos el himno eucarístico del «Tantum Ergo» («Adorad Postrados»).
2. Si visitamos por espacio de media hora el Santísimo Sacramento reservado en el Monumento para adorarlo.
Viernes Santo
1. Si el Viernes Santo asistimos piadosamente a la Adoración de la Cruz en la solemne celebración de la Pasión del Señor.
Sábado Santo
1. Si rezamos juntos el rezo del Santo Rosario.
Vigilia Pascual
1. Si asistimos a la celebración de la Vigilia Pascual (Sábado Santo por la noche) y en ella renovamos las promesas de nuestro Santo Bautismo.
Condiciones:
Para ganar la Indulgencia Plenaria además de haber realizado la obra enriquecida se requiere el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a. Exclusión de todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial.
b. Confesión sacramental, Comunión eucarística y Oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Estas tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra enriquecida con la Indulgencia Plenaria; pero conviene que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que se cumple la obra.
Es oportuno señalar que con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias indulgencias. Conviene, no obstante, que se reciba frecuentemente la gracia del sacramento de la Penitencia, para ahondar en la conversión y en la pureza de corazón. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola oración por las intenciones del Santo Padre sólo se gana una Indulgencia Plenaria.
La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple si se reza a su intención un solo Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel cristiano la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción.
iglesia.org
jueves, 9 de abril de 2009
El Santo Triduo Pascual y la Indulgencia Plenaria
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